HomeMy WebLinkAbout2021-4281 Spanish - Ordinance - 08/03/2021ORDINANCE NO. 2021-4281
UNA ORDENANZA AUTORIZANDO ELECCIONES GENERALES Y ESPECIALES A
CELEBRARSE EL 2 DE NOVIEMBRE DE 2021, CON EL PROPÓSITO DE ELEGIR A UN
MIEMBRO DEL CONSEJO DE LA CIUDAD PARA EL PUESTO NÚMERO 4, UN MIEMBRO
DEL CONSEJO DE LA CIUDAD PARA EL PUESTO NÚMERO 6; Y PARA PRESENTARLES
A LOS VOTANTES CALIFICADOS DE LA CIUDAD DE COLLEGE STATION LAS
ENMIENDAS PROPUESTAS A LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN; ESTABLECIENDO
LOS CENTROS DE VOTACIONES TEMPRANAS Y SITIOS DE VOTACIONES PARA ESTAS
ELECCIONES; Y LOS ARREGLOS NECESARIOS PARA DIRIGIR LAS ELECCIONES
POR LO TANTO, El CONSEJO DE LA CIUDAD DE COLLEGE STATION DISPONE LO
SIGUIENTE:
SECCIÓN 1. Se ordenan elecciones generales y especiales a celebrarse para la Ciudad de College
Station (la “Ciudad”) en los diferentes centros de votaciones y distritos electorales dentro de los
límites corporativos de la Ciudad, como se designa en este documento, el 2 de noviembre de 2021 de
las 7:00 a.m. a las 7:00 p.m. Estas elecciones generales y especiales se celebrarán conjuntamente
con el Condado de Brazos, y serán administradas para la Ciudad por el Administrador de Elecciones
del Condado de Brazos; pero estas elecciones generales y especiales no serán elecciones para todo el
condado. En estas elecciones, los votantes calificados de la Ciudad elegirán Miembro del Consejo
de la Ciudad para el Puesto número 4 y 6, con un término de tres años para cada puesto. Además, en
estas elecciones, se presentarán boletas a los votantes calificados de la Ciudad para las enmiendas
propuestas a la Escritura de Constitución de la Ciudad de acuerdo con las provisiones aplicables de
la Escritura de Constitución y de la ley del Estado.
SECCIÓN 2. Si algún candidato en las elecciones generales no recibiese una mayoría de votos,
entonces en esa ocasión se ordenarán elecciones de segunda vuelta para cada puesto en las
elecciones generales en las cuales nadie fue elegido como se requiere en la Sección 17 (d) de la
Escritura de Constitución de la Ciudad, según la enmienda. En caso fuese necesario realizar
elecciones de segunda vuelta, éstas no se celebrarán antes de 20 días ni más de 45 días después de la
fecha de completar el sondeo final de las elecciones generales. El escrutinio de los votos de las
elecciones de segunda vuelta, si fuese necesario, no se podrán realizar antes del 8o día ni pasarse del
11o día después de la fecha de las elecciones de segunda vuelta o en el siguiente día laboral si el 11o
día cae en sábado, domingo o feriado oficial del estado
SECCIÓN 3. El siguiente texto propuesto de enmienda les será presentado a los votantes
calificados de la Ciudad en las elecciones, de acuerdo con la Sección 9.004 del Código de Gobierno
Local de Texas y la Sección 131 de la Escritura de Constitución de la Ciudad de College Station y
otras leyes aplicables [el texto propuesto borrado se muestra con tachado con una línea y el texto
propuesto para agregar se muestra subrayado.]:
ENMIENDA A
¿Deberá el Artículo XII (Provisiones Generales), Sección 116 (Intereses Personales) de la Escritura
de Constitución de la Ciudad de College Station, ser enmendado para que se lea como sigue?
Ningún miembro del Consejo de la Ciudad podrá tener intereses financieros, directos o indirectos, o
por razón de poseer acciones en cualquier corporación, en cualquier contrato con la Ciudad, o
tener intereses financieros, directos o indirectos, en la compra o en la venta de propiedad,
materiales o servicios de la Ciudad, excepto por parte de la Ciudad; a pesar de ello, las provisiones
de esta sección solamente serán aplicables cuando las acciones que posea el miembro del Consejo
de la Ciudad excedan al uno por ciento (1%) del capital total de las acciones de la corporación. El
Consejo de la Ciudad o el Administrador municipal anulará el contrato al violar esta sección, con el
conocimiento explícito o implícito de la persona o corporación contratando con la Ciudad.
Personal Interest
Sección 116. Los miembros del Concejo Municipal y los funcionarios o empleados de la Ciudad
deberán cumplir con la ley estatal relacionada con los conflictos de intereses de los funcionarios del
gobierno local, incluido el CÓDIGO DE GOBIERNO LOCAL DE TEXAS, Capítulo 171. Ningún
miembro del Consejo de la Ciudad podrá tener intereses financieros, directos o indirectos, o por
razón de poseer acciones en cualquier corporación, en cualquier contrato con la Ciudad, o tener
intereses financieros, directos o indirectos, en la compra o en la venta de propiedad, materiales o
servicios de la Ciudad, excepto por parte de la Ciudad; a pesar de ello, las provisiones de esta
sección solamente serán aplicables cuando las acciones que posea el miembro del Consejo de la
Ciudad excedan al uno por ciento (1%) del capital total de las acciones de la corporación. El Consejo
de la Ciudad o el Administrador municipal anulará el contrato al violar esta sección, con el
conocimiento explícito o implícito de la persona o corporación contratando con la Ciudad.
ENMIENDA B
¿Deberá el Artículo XII (Provisiones Generales), de la Escritura de Constitución de la Ciudad de
College Station, ser enmendado para agregar una nueva sección que requiera que los Miembros del
Consejo de la Ciudad deban divulgar cualquier contribución de campaña que exceda $500.00 al
entregar una declaración jurada al Secretario de la Ciudad y abstenerse de participar y votar sobre
cualquier asunto presentada ante el Consejo de la Ciudad si el asunto ante el Consejo de la Ciudad le
beneficiaría al donante de la campaña o a cualquier entidad comercial en el cual el donante de la
campaña tenga un interés sustancial?
Contribuciones de Campaña.
La aceptación de una contribución de campaña que exceda los quinientos dólares ($500.00) por
cualquier Miembro del Consejo de la Ciudad creará un conflicto de intereses basado en la
apariencia de ser deshonesto en relación al asunto ante el Consejo de la Ciudad que le beneficiaría
materialmente al donante de campaña o a cualquier entidad comercial en el cual el donante de la
campaña tenga un interés sustancial. Las contribuciones de campaña incluirán préstamos,
contrarrestos de gastos, y donaciones en especie. Para propósitos de esta sección, un interés
sustancial en una entidad comercial tendrá el mismo significado para los donantes de campaña
como lo indica el CÓDIGO DE GOBIERNO LOCAL DE TEXAS § 171.002 para funcionarios
públicos. Será la responsabilidad del donante de contribuciones y no del Miembro del Consejo de
la Ciudad identificar el interés comercial sustancial afectado por esta sección.
Si sucede un conflicto de intereses bajo esta sección, el Miembro del Consejo de la Ciudad
afectado se recusará, indicando oficialmente el motivo del conflicto de intereses al entregar una
declaración jurada al Secretario de la Ciudad, retirándose del debate sobre ese asunto, escusándose
del salón de la reunión mientras se considera el asunto y absteniéndose de votar sobre el asunto
mencionado. Recusarse aplica solamente a las contribuciones realizadas hacia el Miembro del
Consejo de la Ciudad en el puesto electo actual y no aplica a puestos elegidos con anterioridad.
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En caso no se obtenga un quórum debido a recusaciones conforme esta sección, entonces no se
requerirá la abstención y el Miembro del Consejo de la Ciudad afectado podrá permanecer en el
salón de la reunión y discutir y votar sobre el conflicto de intereses, siempre y cuando se divulgue
oficialmente y en su totalidad la naturaleza del asunto.
ENMIENDA C
¿Deberá el Artículo III (El Consejo de la Ciudad), Sección 17 (Número, Selección, Término),
Subsección (d) de la Escritura de Constitución de la Ciudad de College Station ser enmendado para
indicar que las elecciones generales se celebren en la fecha de elecciones uniforme de Noviembre de
cada año impar en vez de la fecha de elecciones uniforme de Noviembre de cada año par; y para
proporcionar un proceso de transición de años de elecciones pares a años de elecciones impares?
Número, Selección, Término
Section 17.
(d) El siguiente proceso de elección se establece para la transición de períodos de tres (3) años a
períodos de cuatro (4) años para ser elegido en la elección general celebrada en noviembre de los
años pares. En 2019, los cargos de Alcalde y Miembro del Concejo Lugar 2 serán elegidos en la
elección general y servirán términos de tres (3) años o hasta que su sucesor haya sido elegido y
debidamente calificado. En 2020, el puesto de Miembro del Consejo Lugar 1 se elegirá en las
elecciones generales y servirá por un período de dos (2) años o hasta que su sucesor haya sido
elegido y debidamente calificado. A partir de entonces, a partir de 2022, los cargos de Alcalde y
Miembro del Concejo Lugar 1 y Lugar 2 serán elegidos en la elección general y servirán términos
de cuatro (4) años o hasta que su sucesor haya sido elegido y debidamente calificado. En 2021, los
cargos de Miembro del Consejo Lugar 4 y Lugar 6 serán elegidos en la elección general para servir
términos de tres (3) años o hasta que su sucesor haya sido elegido y debidamente calificado. A
partir de entonces, en 2024, los cargos de Miembro del Consejo Lugar 3, Lugar 4, Lugar 5 y Lugar
6 serán elegidos en la elección general para servir términos de cuatro (4) años o hasta que su
sucesor haya sido elegido y debidamente calificado. Las elecciones generales se celebran en la
fecha de elecciones uniforme de noviembre de cada año impar. El siguiente proceso de elecciones
se establece para realizar la transición de elecciones generales celebradas en Noviembre de años
pares a elecciones generales celebradas en Noviembre de años impares. En el 2022, los puestos de
Alcalde y Miembro del Consejo Puesto números 1 y Puesto número 2 se elegirán en las elecciones
generales celebradas en Noviembre y servirán términos de tres (3) años o hasta que su sucesor
haya sido electo y debidamente calificado. En el 2024, los puestos de Miembros del Consejo
Puesto 3, Puesto 4, Puesto 5 y Puesto 6 serán elegidos en las elecciones generales celebradas en
noviembre y servirán términos de tres (3) años o hasta que su sucesor haya sido electo y
debidamente calificado. Comenzando en el 2025 y en años subsiguientes, los puestos de Alcalde y
Miembro del Consejo Puesto números 1 y Puesto número 2 se elegirán en las elecciones generales
celebradas en noviembre y servirán términos de cuatro (4) años o hasta que su sucesor haya sido
electo y debidamente calificado. Comenzando en el 2027 y en años subsiguientes, los puestos de
Miembros del Consejo Puesto 3, Puesto 4, Puesto 5 y Puesto 6 serán elegidos en las elecciones
generales celebradas en noviembre y servirán términos de cuatro (4) años o hasta que su sucesor
haya sido electo y debidamente calificado.
SECCIÓN 4. Las boletas de elecciones para la Ciudad se conformarán a los requisitos del Código
de Elecciones de Texas, y contendrán las medidas descritas en la Sección 3 de esta Ordenanza
indicados como propuestas como sigue:
ORDINANCE NO. 2021-4281 Page 3 of 8
PROPUESTA A
A FAVOR/EN CONTRA ¿Deberá el Artículo XII (Provisiones Generales), Sección
116 (Intereses Personales) de la Escritura de Constitución
de la Ciudad de College Station, ser enmendado para que se
lea como sigue?
Ningún miembro del Consejo de la Ciudad podrá tener
intereses financieros, directos o indirectos, o por razón de
poseer acciones en cualquier corporación, en cualquier
contrato con la Ciudad, o tener intereses financieros,
directos o indirectos, en la compra o en la venta de
propiedad, materiales o servicios de la Ciudad, excepto por
parte de la Ciudad; a pesar de ello, las provisiones de esta
sección solamente serán aplicables cuando las acciones
que posea el miembro del Consejo de la Ciudad excedan al
uno por ciento (1%) del capital total de las acciones de la
corporación. El Consejo de la Ciudad o el Administrador
municipal anulará el contrato al violar esta sección, con el
conocimiento explícito o implícito de la persona o
corporación contratando con la Ciudad.
PROPUESTA B
A FAVOR/EN CONTRA ¿Deberá el Artículo XII (Provisiones Generales), de la
Escritura de Constitución de la Ciudad de College Station,
ser enmendado para agregar una nueva sección que
requiera que los Miembros del Consejo de la Ciudad deban
divulgar cualquier contribución de campaña que exceda
$500.00 al entregar una declaración jurada al Secretario de
la Ciudad y abstenerse de participar y votar sobre cualquier
asunto presentada ante el Consejo de la Ciudad si el asunto
ante el Consejo de la Ciudad le beneficiaría al donante de la
campaña o a cualquier entidad comercial en el cual el
donante de la campaña tenga un interés sustancial?
PROPUESTA C
A FAVOR/EN CONTRA ¿Deberá el Artículo III (El Consejo de la Ciudad), Sección
17 (Número, Selección, Término), Subsección (d) de la
Escritura de Constitución de la Ciudad de College Station
ser enmendado para indicar que las elecciones generales se
celebren en la fecha de elecciones uniforme de noviembre
de cada año impar en vez de la fecha de elecciones
uniforme de noviembre de cada año par; y para
proporcionar un proceso de transición de años de
elecciones pares a años de elecciones impares?
ORDINANCE NO. 2021-4281 Page 4 of 8
SECCIÓN 5. Los Centros de Votaciones (sitios de votaciones) para College Station para estas
elecciones serán las siguientes
Centros de Votaciones Centros de Votaciones
Arena Hall
[Salón Arena]
2906 Tabor Road
Bryan, Texas
Church of the Nazarene
[Iglesia del Nazareno]
2122 E William J Bryan Pkwy
Bryan, Texas
Lincoln Center
[Centro Lincoln]
1000 Eleanor
College Station, Texas
Castle Heights Baptist Church
[Iglesia Bautista Castle Heights]
4504 E. Hwy 21
Bryan, Texas
Memorial Student Center (MSC)
[Centro Conmemorativo Estudiantil]
Texas A&M Campus, Room L526
College Station, Texas
First Baptist Church - Bryan
[Iglesia Bautista First Baptist en Bryan]
3100 Cambridge Drive Bryan,
Texas
College Station ISD Administration Building
[Edificio Administrativo del Distrito Escolar
Independiente de College Station]
1812 Welsh
College Station, Texas
Living Hope Baptist Church
[Iglesia Bautista Living Hope]
4170 Texas 6 Frontage Rd
College Station, Texas
Parkway Baptist Church
[Iglesia Bautista Parkway]
1501 Southwest Parkway
College Station, Texas
Beacon Baptist Church
[Iglesia Bautista Beacon]
2001 East Villa Maria Road
Bryan, Texas
Bob & Wanda Meyer Senior & Comm. Center
[Centro comunitario y de personas de la
tercera edad Bob & Wanda Meyer]
2275 Dartmouth St.
College Station, Texas
A&M Church of Christ
[Iglesia de Cristo de A&M]
2475 Earl Rudder Fwy S.
College Station, Texas
Wellborn Baptist Church
[Centro Comunitario de Wellborn]
14575 FM 2154 Rd
College Station, Texas
Fellowship Freewill Baptist
[Iglesia Bautista Fellowship Freewill]
Church 1228 W. Villa Maria Road
Bryan, Texas
Zion Church of Kurten
[Iglesia Zion en Kurten]
977 N. FM 2038
Kurten, Texas
College Station Utilities Meeting & Training
Facility [Edificio de Conferencias Capacitación
de la Empresa Eléctrica de College Station]
1603 Graham Road
College Station, Texas
Millican Community Center
[Centro Comunitario de Millican]
22284 Pierce Street,
Millican, Texas
Christ United Methodist Church
[Iglesia Metodista Christ United]
4201 State Hwy 6,
College Station, Texas
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Brazos County Elections Admin
[Edificio Administrativo del Condado de
Brazos (Santuario)]
300 East Wm. J. Bryan Pkwy, Suite100
Bryan, Texas
Galilee Baptist Church
[Iglesia Bautista Galilee]
804 N. Logan
Bryan, Texas
Bryan Ballroom
[Salón de baile de Bryan]
701 Palasota Dr.
Bryan, Texas
College Heights Assembly of God
[Iglesia Asamblea de Dios College Heights]
4100 Old College Rd.
Bryan, Texas
St. Francis Episcopal Church
[Iglesia Episcopal St. Francis]
1101 Rock Prairie Rd
College Station, Texas
Brazos Center
[Centro de Brazos]
3232 Briarcrest Drive
Bryan, Texas
Texas A&M College of Medicine
[Facultad de Medicina de Texas A&M]
8447 Riverside Parkway
Bryan, Texas
SECCIÓN 6. Las elecciones tempranas conjuntas se realizarán en persona y por correo. El
período para las votaciones tempranas en persona para las elecciones generales y especiales será
del 18 al 29 de octubre de 2021. Las boletas electorales de escaneo óptico serán utilizadas para
las votaciones tempranas por correo y las máquinas electrónicas de registro directo serán
utilizadas para las votaciones tempranas en persona. El Oficial de las Votaciones Tempranas
para dichas elecciones será el Administrador de Elecciones del Condado de Brazos. Ella
determinará el número de personas a contratar y hará los arreglos necesarios para la capacitación
de todas las personas contratadas para trabajar en las elecciones. Las votaciones tempranas
realizadas en persona para las elecciones generales y especiales serán dirigidas conjuntamente en
los centros de votaciones y en las fechas y horarios señalados por el Administrador de Elecciones
del Condado de Brazos. Se detalla como sigue:
Sitio Principal para las Votaciones - Brazos County Administration Office
[Oficina Administrativo del Condado de Brazos]
– 300 East Wm. J. Bryan Pkwy, Suite 100, Bryan, Texas
Arena Hall – [Salón Arena] 2906 Tabor Road, Bryan, Texas
Galilee Baptist Church – [Iglesia Bautista Galilee] 804 N. Logan, Bryan, Texas
College Station Utilities Meeting & Training Facility – [Edificio de Conferencias y Capacitación de
la Empresa Eléctrica de College Station]
1603 Graham Road, College Station, Texas
Memorial Student Center (MSC) – [Centro Conmemorativo Estudiantil, (MSC, por sus siglas en el
idioma inglés, Salón 526, Universidad de Texas A&M]
Texas A&M University, Room L526, College Station, Texas
Del 18-22 de octubre 8:00 am – 5:00 pm
(de lunes a viernes)
El 23 de octubre 8:00 am – 5:00 pm
(sábado)
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Del 25–27 de octubre 8:00 am – 5:00 pm
(de lunes a miércoles)
Del 28-29 de octubre 7:00 am – 7:00 pm
(de jueves a viernes)
SECCIÓN 7. Las Elecciones Tempranas por correo serán dirigidas de acuerdo con las
provisiones aplicables del Código de Elecciones de Texas. La dirección siguiente: 300 East
William J. Bryan Pkwy, Suite 100, Bryan, Texas 77803, será la dirección de correo del oficial de
elecciones tempranas a donde se podrán enviar las solicitudes y las boletas con votos emitidos
por correo para la Ciudad.
SECCIÓN 8. Todos los votos anticipados y otros votos se procesarán de acuerdo con los
procedimientos de las votaciones tempranas conforme al Código de Elecciones de Texas y serán
entregados a la Junta de Boleta de Votaciones Tempranas en la oficina del Administrador de
Elecciones del Condado de Brazos. Los votos anticipados serán contados en la estación central
de conteo. La Junta de Boleta de Votaciones Tempranas desempeñará su cargo de acuerdo con
las provisiones aplicables del Código de Elecciones.
SECCIÓN 9. Un Sistema Directo de Registro Electrónico (“DRE, por sus siglas en el idioma
inglés”), como se define el término en el Código de Elecciones de Texas, será utilizado en
conexión con estas elecciones. Este sistema será utilizado para todas las votaciones tempranas,
así como también para todas las votaciones realizadas en los distritos el Día de las Elecciones. El
Administrador de Elecciones del Condado de Brazos nombrará a un programador para preparar
un programa para el equipo de tabulación automático. Se proporcionará suficiente equipo para
votar en las votaciones tempranas, así como también en cada uno de los diferentes distritos
electorales el Día de las Elecciones. La estación central de conteo se establecerá en la Oficina del
Administrador de Elecciones del Condado, 300 E. William J Bryan, Suite 100, Bryan.
SECCIÓN 10. El Administrador de Elecciones del Condado de Brazos nombrará a la Junta de
Boleta de Votaciones Tempranas, a un Juez que presida en la Estación Central de Conteo, a un
Supervisor de Tabulación de la Estación Central de Conteo y a un Gerente de la Estación de
Conteo, el cual se podrá contactar al correo thancock@brazoscountytx.gov.
SECCIÓN 11. Las elecciones se celebrarán de acuerdo con las provisiones de los Estatutos y
Ordenanzas de la Ciudad de College Station y con las leyes del Estado de Texas.
SECCIÓN 12. La Notificación de las Elecciones, incluyendo la respetiva traducción al idioma
español, se publicará por lo menos una vez en un periódico publicado en College Station el día 6
de octubre de 2021 o después de esa fecha; y el día 13 de octubre de 2021 o antes de esa fecha.
Además, se colocará en el tablero de avisos de la Municipalidad el día 27 de septiembre de 2021
o antes de esa fecha.
SECCIÓN 13. Una orden de elecciones, requerida por el Código de Elecciones de Texas, será
entregada el día 18 de octubre de 2021 o antes de esa fecha, por el Administrador de Elecciones
del Condado de Brazos al juez que preside y a los jueces alternos de cada distrito electoral en el
cual se dispone celebrar elecciones.
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SECCIÓN 14. Se harán las respectivas pruebas del equipo de tabulación automático y los
resultados de dichas pruebas se entregarán y se harán saber de acuerdo con el Subcapítulo D del
Capítulo 127 del Código de Elecciones de Texas.
SECCIÓN 15. Si alguna parte de esta Ordenanza se considera inválida por una corte de
jurisdicción competente, las provisiones restantes de esta Ordenanza permanecerán en plena
vigencia y en efecto.
SECCIÓN 16. Que esta ordenanza entrará en efecto inmediatamente después de ser adoptada.
APROBADA Y ADOPTADA por el Consejo de la Ciudad de College Station el vigésimo
Segundo (3) día del mes de agosto de 2021.
CIUDAD DE COLLEGE STATION:
__________________________________
Karl Mooney, Alcalde
DOY FE:
Tanya Smith, Secretaria de la Ciudad
APROBADA EN CUANTO A FORMA:
_____________________________________
Carla A. Robinson, Abogada de la Ciudad
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